Índice de Contenidos
- 1. ¿Qué es la mediación laboral?
- 2. ¿Es obligatoria en 2025?
- 3. Diferencias MASC
- 4. Quién puede mediar
- 5. Dónde se solicita
- 6. Para qué sirve
- 7. Casos habituales
- 8. Proceso paso a paso
- 9. Duración y costes
- 10. Validez del acuerdo
- 11. Confidencialidad
- 12. Ventajas Empresa
- 13. Ventajas Trabajador
- 14. Elegir mediador/a
- 15. Limitaciones
≤ 30 días
Resolución
Resolución
Confidencial
Privacidad
Privacidad
Flexible
A medida
A medida
1. ¿Qué es la mediación laboral?
La mediación laboral es un proceso voluntario, confidencial y flexible en el que una persona mediadora neutral facilita el diálogo para que las partes alcancen su propio acuerdo. No decide por ellas ni impone soluciones.
2. ¿Es obligatoria la mediación en 2025?
Desde el 3 de abril de 2025 es obligatorio intentar un medio adecuado de solución de controversias (MASC) antes de demandar en civil y mercantil (LO 1/2025). En laboral, ya existían trámites previos como la conciliación administrativa (SMAC).
3. ¿En qué se diferencia mediación, conciliación y arbitraje?
En mediación, la persona mediadora facilita el diálogo; el acuerdo lo diseñan las partes. En conciliación, un tercero propone soluciones. En arbitraje, un tercero dicta un laudo obligatorio similar a una sentencia.
4. ¿Quién puede actuar como mediador o mediadora laboral?
Una tercera persona imparcial con formación específica en mediación y competencias en gestión de conflictos, comunicación y ética profesional. Debe garantizar neutralidad y confidencialidad.
5. ¿Dónde se solicita la mediación laboral?
Puede solicitarse ante servicios públicos autonómicos (SMAC/UMAC), organismos estatales para conflictos colectivos o a través de entidades y profesionales privados especializados.
6. ¿Para qué sirve la mediación laboral?
Sirve para resolver disputas sobre organización del trabajo, jornada, teletrabajo, retribución variable, clasificación profesional o clima laboral, reduciendo costes y tiempos judiciales.
7. Casos habituales que se resuelven en mediación
Desacuerdos por horarios y conciliación, conflictos entre equipos, adaptación de puesto, reclamaciones de cantidades y discrepancias en evaluaciones de desempeño.
8. ¿Cómo es el proceso paso a paso?
Solicitud; sesión informativa; acuerdo de mediación; sesiones conjuntas y/o caucus (privadas); generación de opciones; acuerdo final y seguimiento.
9. ¿Cuánto dura y cuánto cuesta?
Suele resolverse en días o pocas semanas. El coste varía: los servicios públicos suelen ser gratuitos en conflictos colectivos; los privados dependen de la complejidad.
10. Validez y ejecución del acuerdo
El acuerdo puede elevarse a escritura pública para ser título ejecutivo. En el ámbito social existen vías de homologación o depósito según el tipo de conflicto.
11. Confidencialidad y protección de datos
Es un principio esencial: lo expuesto no puede usarse luego en juicio. Los datos personales se tratan conforme a la normativa vigente (RGPD).
12. Ventajas para la empresa
Ahorro de tiempo y costes, menor litigiosidad, mejora del clima organizacional, retención de talento y protección de la reputación corporativa.
13. Ventajas para la persona trabajadora
Participación activa en la solución, resultados adaptados a sus necesidades reales, rapidez, reducción del estrés y menor exposición pública.
14. Cómo elegir mediador/a y preparar la sesión
Revisar formación, trayectoria y especialización. Es vital preparar objetivos, límites, alternativas y la documentación esencial antes de la sesión.
15. Limitaciones de la mediación
Requiere voluntad real de diálogo; si hay mala fe o desequilibrio severo de poder, puede ser ineficaz. No sustituye materias de orden público indisponibles.